El proyecto baja el corte de 12% a 10% para el bioetanol y de 10% a 5% para el biodiesel, pero aclara que la autoridad de aplicación podrá disminuir esos porcentajes ante situaciones de incremento en los precios de los respectivos insumos básicos que distorsionen el precio en el surtidor o ante situaciones de escasez de oferta debidamente comprobada.
En el caso del biodiesel, las empresas mezcladoras deberán adquirir en forma obligatoria el porcentaje mínimo 5% en los cupos y a los precios que determine la autoridad de aplicación para las pymes, cooperativas de pymes y asociaciones de éstas. La Autoridad de Aplicación luego podría disminuir este porcentaje hasta el 3%.
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